Desde ayer domingo, en Colombia entró en vigencia la primera etapa de la prohibición de los plásticos de un solo uso, un plan que abarca la salida o modificación de estos productos hasta el año 2030.
Desde ayer, ya no se pueden comercializar ni entregar bolsas de empaque, pitillos, mezcladores, copitos, palitos de bombas, bolsas de revistas o periódicos, bolsas de lavandería, bolsas de rollos de mercado, bolsas para frutas, entre otros.

Sin embargo, por ahora se podrán comercializar hasta el año 2030 otros productos como los platos de plástico, bandejas y cubiertos desechables; confeti, manteles, serpentinas; envases, bolsas para domicilios; stickers para frutas; mangos para hilo dental, entre otros.
La ley establece algunas excepciones para los plásticos de un solo uso, como cuando son para asuntos médicos, o empaques de residuos biológicos o químicos, o productos alimenticios de origen animal y aquellos fabricados con 100 % de materia prima plástica reciclada.
Se estima que en Colombia cada año llegan al comercio más de 700 mil toneladas de plástico, de las cuales solo el 3 % se reutiliza.
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