A partir de agosto, los recibos físicos de servicios públicos como agua, luz, gas y teléfono dejarán de llegar a su hogar, oficina o domicilio debido a un nuevo mandato de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que ha decidido pasar la facturación al formato digital. Esta medida también abarca sectores como el de los espectáculos.
La resolución 000165 del 1 de noviembre de 2023 y la resolución 000008 de 2024 establecen que este cambio comenzó el primero de mayo de 2024 en otros sectores y continuará hasta el primero de noviembre de 2024.
El cronograma de implementación de la factura electrónica es el siguiente
- Mayo: grandes contribuyentes
- Junio: declarantes del Impuesto sobre la Renta que no son grandes contribuyentes
- Julio: no declarantes del Impuesto sobre la Renta y otros sujetos
- Agosto: empresas de servicios públicos, tiquetes de transporte de pasajeros y extractos bancarios
- Septiembre: tiquetes de avión y juegos de suerte y azar
- Octubre: documentos para el cobro de peajes
- Noviembre: boletas para espectáculos públicos y cine
Los consumidores deben seguir pagando sus facturas en las fechas establecidas por las empresas, y podrán hacerlo en puntos físicos o mediante canales electrónicos. Las empresas de servicios públicos deben proporcionar opciones para aquellos que no tienen acceso a medios electrónicos, incluyendo la emisión de facturas impresas con el Código Único de Factura Electrónica (CUFE) y un código QR.
Para facilitar este proceso, existen empresas autorizadas por la DIAN que ofrecen software contable para la emisión de facturas electrónicas. Siigo, por ejemplo, permite automatizar este proceso y gestionar las finanzas en tiempo real.
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El incumplimiento de esta normativa puede resultar en multas de hasta 44 millones de pesos (unas 950 UVT) o el cierre temporal del establecimiento si no se expiden las facturas correctamente.
Para más información sobre la normativa y el calendario de implementación, consulte la resolución 000008 de 2024 aquí.

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