A partir de 2025, los afiliados a EPS Sura tendrán una actualización en las cuotas moderadoras y copagos en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Mientras que los afiliados al Régimen Subsidiado no están sujetos al pago de cuotas moderadoras, deben asumir copagos que varían según su clasificación en el Sisbén. Los afiliados del Nivel 1 están exentos de copagos, mientras que los del Nivel 2 deben aportar por servicios como consultas, exámenes, terapias y medicamentos esenciales.
Para los cotizantes al Régimen Contributivo, los valores de las cuotas moderadoras y copagos dependen del grupo de ingresos, con montos establecidos por evento y anuales. Esta medida busca equilibrar el acceso a la salud con la sostenibilidad del sistema.
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Copagos para personas del régimen subsidiado
Clasificación y aplicación de copagos en EPS Sura para subsidiados
De acuerdo con la normativa vigente de EPS Sura, los afiliados al Régimen Subsidiado se clasifican de la siguiente manera:
- Nivel 1: Comprende los grupos A1 a B7 del Sisbén.
- Nivel 2: Incluye los grupos C1 a C18 del Sisbén.
Los afiliados clasificados en el Nivel 2 de EPS Sura deben cancelar copagos para los servicios incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), tales como:
- Consultas médicas generales y especializadas.
- Exámenes de laboratorio.
- Terapias físicas.
- Medicamentos esenciales.
- Procedimientos quirúrgicos programados.
Además, los servicios no contemplados en el PBS estarán sujetos a una cuota de recuperación.
Servicios sujetos a copagos en EPS Sura para subsidiados
Los copagos en el Régimen Subsidiado de EPS Sura aplican a todos los servicios del PBS y NO PBS, excepto en los siguientes casos:
- Enfermedades catastróficas o de alto costo.
- Servicios de promoción y prevención.
- Atención inicial de urgencias.
- Control de enfermedades transmisibles.
- Control materno-infantil.
Montos y topes de copagos para subsidiados
Para 2025, los valores de copagos en el Régimen Subsidiado de EPS Sura son los siguientes:
- Valor máximo por evento: $621 164 (calculado como el 10 % del costo del servicio facturado, independientemente del tipo de servicio).
- Valor máximo anual: $1 242 329 (el doble del valor máximo por evento).
Este porcentaje del 10 % es fijo y no varía según el tipo de servicio recibido o el nivel asignado en el Sisbén.
Cuotas moderadoras y copagos por grupo de ingresos en EPS Sura
Para los cotizantes al Régimen Contributivo, EPS Sura ha definido las siguientes cuotas moderadoras y copagos:
- Grupo A:
- Nivel de ingresos: Cotizantes con ingresos inferiores a 2 SMMLV.
- Valor: $4 700.
- % por evento: 11.50 %.
- Valor límite por evento: $356 548.
- Valor límite por año: $714 339.
- Grupo B:
- Nivel de ingresos: Cotizantes con ingresos entre 2 y 5 SMMLV.
- Valor: $19 200.
- % por evento: 17.30 %.
- Valor límite por evento: $1 428 678.
- Valor límite por año: $2 857 356.
- Grupo C:
- Nivel de ingresos: Cotizantes con ingresos superiores a 5 SMMLV.
- Valor: $50,300.
- % por evento: 23.00 %.
- Valor límite por evento: $2 857 356.
- Valor límite por año: $5 714 711.

Actualización del valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) en EPS Sura
Según la Resolución 3914 del 17 de diciembre de 2024, EPS Sura informa que a partir del 3 de enero de 2025, el cálculo de las cuotas moderadoras y copagos se realiza con base en la Unidad de Valor Básico (UVB), cuyo valor para este año es de $11,552.
Líneas de atención de EPS Sura
Para más información, los afiliados a EPS Sura pueden comunicarse a las siguientes líneas de atención:
- Nacional: 01 8000 519 519.
- Bogotá: 601 489 7941.
- Cali: 602 380 8941.
- Medellín: 604 448 6115.
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