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Presidente Petro sancionó ley que prohíbe el uso de biopolímeros: médicos que los apliquen irán a la cárcel

  • Luego de superar cuatro debates en el Congreso, el presidente Gustavo Petro sancionó la iniciativa que prohíbe el uso de sustancias modelantes no autorizadas en el país. El mandatario, con su firma, la convirtió oficialmente en una ley de la República.

    El autor del proyecto es el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, quien explicó que esta nueva ley “protege a las víctimas de biopolímeros en el país. Garantiza la atención de las víctimas, tanto en el tema de apoyo psicológico como en el tratamiento, retiro y medicamentos”.

  • Además, agregó: “Se tipifica como delito el uso de sustancias modelantes no autorizadas, con causal agravante si se trata de algún médico, causa lesión permanente o si el procedimiento se realiza a un menor de edad”.

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    De igual manera, con esta ley se impulsará la creación de un registro nacional de centros de ventas profesionales y clínicas autorizadas para procedimientos estéticos.

    Este es un proyecto que beneficia particularmente a las mujeres, y también permite perseguir a profesionales de la salud, esteticistas inescrupulosos y clínicas de garaje

    puntualizó Motoa.

    En el Congreso, la iniciativa recibió un apoyo multipartidista que permitió facilitar su trámite legislativo. Es de resaltar que personalidades como Lina Tejeiro, Jessica Cediel y Elizabeth Loaiza han sido víctimas de biopolímeros.

    Así las cosas, el que inyecte o infiltre en el cuerpo de otra persona sustancias modelantes no permitidas, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento veinte (120) meses y multa de ciento cincuenta (150) o doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

    Ahora bien, en caso de que la acción sea cometida por un profesional de la salud, la pena será de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses de prisión, multa de doscientos (200) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para el ejercicio de su profesión por un término de sesenta (60) meses.

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