La Unidad de Restitución de Tierras informó que la entrega material del predio “El Hoyo” en el municipio de La Unión, fue programada en el marco de lo ordenado por la Sentencia de Restitución de Tierras N.° 016 del 25 de octubre de 2021.
En ese sentido, el procedimiento de restablecimiento de derechos a los solicitantes del predio mencionado se encuentra enmarcado en los términos y procedimientos establecidos por la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (1448 de 2011), por lo cual goza de todas las garantías procesales para las partes
expone en un comunicado la Unidad de Restitución de Tierras.
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En concreto, esto significa, según lo explica la Unidad, que la actuación judicial se estimó luego salvaguardar de forma efectiva todos los estándares que determina la Ley, y tras la valoración del acervo probatorio presentado por las partes ante los jueces y magistrados de restitución de tierras, quienes determinaron que en el marco legal la opositora del proceso no logró acreditar la buena fe exenta de culpa.
Al tratarse de un proceso estrictamente garantista, proceden los mecanismos de defensa contemplados por la Ley. Por esa razón es importante anotar que actualmente la Corte Suprema de Justicia revisa una acción de tutela, presentada por la parte opositora. En consecuencia, la Unidad de Restitución de Tierras acatará, como corresponde, la decisión que el máximo órgano judicial falle en garantía de los derechos de las partes implicadas.
La Unidad de Restitución de Tierras actúa en un marco de justicia transicional, que busca restablecer los derechos vulnerados a las víctimas de abandono o despojo de tierras, como consecuencia de la violencia generada por el conflicto armado que ha afectado a miles de colombianos
referenció la Unidad.
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