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¡Ojo! Ya emitieron protocolos para el uso de piscinas

  • Por medio de la resolución 1547 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció los protocolos que deben seguir todos aquellos establecimientos que cuentan con piscinas o espacios similares.

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    Lo primero que deben saber los administradores de estos espacios es que están en la obligación de adecuar una zona de limpieza y desinfección para manos y calzado, disponer de alcohol glicerinado al 60%, toallas desechables, tapabocas y garantizar la toma de temperatura.

    “Se hace necesario eliminar los accesos que requieran contacto como pines, reconocimiento de huellas dactilares o torniquetes, y en lo posible, diferenciar una puerta de entrada y otra de salida. Además, el uso de fuentes de agua está prohibido”, indicó MinSalud.

    MiOriente presenta las normas generales para este tipo de espacios recreativos:

    • Separar con barreras físicas, demarcar y señalizar las zonas de atención, estancia y baños para conservar el distanciamiento de dos metros entre usuarios y con los empleados.
    • Los baños deben estar habilitados y dotados de manera constante de elementos de aseo personal para trabajadores y usuarios.
    • Fijar de manera visible y clara avisos pedagógicos de cómo lavarse correctamente las manos. También, en las áreas comunes se deben instalar dispensadores de gel antibacterial.
    • En cuanto al aforo permitido, este será determinado de acuerdo con la capacidad total de la piscina y si está en un recinto cerrado o a cielo abierto.
    • Debe generarse un protocolo con los aspectos definidos en el documento ABECÉ “Reducción de riesgos asociados al uso de productos plaguicidas y desinfectantes”, emitido por el Ministerio de Salud. Este protocolo debe incluir mínimo tres jornadas de limpieza y desinfección.
    • Los administradores del establecimiento deben suministrar careta facial acuática a los salvavidas. Esta es de uso individual y debe ser desinfectada antes y después de su uso.
    • Debe suministrársele a los salvavidas dispositivos requeridos para realizar las maniobras de salvamento y rescate. La respiración boca a boca está prohibida.
    • Los instructores de natación deben usar tapabocas, caretas o cualquier elemento de protección facial que permita el desarrollo de las actividades y los usuarios deben portar de forma permanente el tapabocas, cubriendo nariz y boca. Al ingresar al agua debe ser guardado en una bolsa, para ser usado nuevamente al salir de la piscina.
    • Casa usuario debe ducharse de manera rápida, preferiblemente, en las zonas externas.
    • El consumo de bebidas alcohólicas está prohibido en las piscinas, áreas anexas o zonas complementarias.

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    Tal y como lo indicó esta cartera nacional, estos requisitos aplican para piscinas de uso colectivo abiertas al público, centros vacacionales y recreacionales, escuelas, entidades o asociaciones, hoteles, moteles, clubes privados, condominios, conjuntos residenciales, piscinas de propiedad unihabitacional, piscinas terapéuticas y termales.

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