Varios líderes y ciudadanos del Oriente Antioqueño han solicitado a la Registraduría Nacional del Estado Civil que se suspenda el trámite de la consulta popular sobre la creación del Área Metropolitana del Valle de San Nicolás (AMO).
La petición se fundamenta en el incumplimiento de requisitos legales establecidos en la Ley 1625 de 2013, lo que genera incertidumbre sobre la validez del proceso. Los solicitantes argumentan que dos elementos esenciales, establecidos en la Ley 1625 de 2013, no se han cumplido:
- Falta de un concepto previo del Congreso: La Comisión Especial del Congreso, encargada de analizar el proyecto, aún no ha emitido su concepto sobre la conveniencia de la creación del AMO. Aunque este concepto no es vinculante, su ausencia representa un incumplimiento que afecta la legalidad del procedimiento.
- Justificación insuficiente del proyecto: Los peticionarios afirman que los promotores del proyecto no han demostrado que existan condiciones territoriales, sociales y económicas adecuadas para la creación del AMO. Señalan que los vínculos entre los municipios involucrados no son lo suficientemente fuertes, lo que pone en duda la viabilidad del proyecto bajo los criterios legales establecidos.
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Los opositores también han cuestionado el enfoque del proyecto, que, según ellos, se basa más en proyecciones futuras que en la situación actual de los municipios. Destacan, por ejemplo, que la propuesta no incluye a todos los municipios relevantes, como Marinilla, lo que rompe con la continuidad territorial necesaria para una integración urbana sólida.
Además, afirman que las conexiones actuales entre los municipios son mayormente rurales, lo cual va en contra de lo que exige la ley para la creación de un área metropolitana.
Los líderes sostienen que la creación de una figura metropolitana debe surgir como consecuencia de una integración territorial consolidada, no como un objetivo artificial. Consideran que, tal como está planteado el proyecto, carece de la base técnica y jurídica necesaria para justificar la convocatoria a una consulta popular.
En vista de todo eso, el grupo de ciudadanos que envió la misiva solicita a la Registraduría Nacional del Estado Civil suspender la convocatoria a la consulta popular, no convocar la consulta popular hasta que la Comisión Especial del Congreso emita su concepto, y que se les reconozca como terceros interesados en el proceso administrativo.
Si se accede a la suspensión, los solicitantes aseguran que se evitarían gastos públicos innecesarios en un proceso que podría ser invalidado por el incumplimiento de la ley.
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