El Tribunal Administrativo de Antioquia falló en contra de la demanda presentada por la Veeduría de Movilidad que buscaba levantar la restricción al paso de motocicletas en el Túnel de Oriente. La demanda, interpuesta originalmente en 2019, argumentaba que la medida era arbitraria e injustificada. Sin embargo, el fallo del tribunal afirma que la restricción cumple con el objetivo constitucional de proteger la seguridad vial.
Según el tribunal, la restricción de tránsito para motocicletas no es “arbitraria ni caprichosa”, sino que responde a un objetivo de seguridad vial avalado por estudios técnicos que identificaron riesgos para motociclistas en esta vía.
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Además, se concluyó que existen rutas alternas seguras y adecuadas que conectan el Valle de Aburrá con el Valle de San Nicolás, lo que respalda la medida impuesta por el Departamento de Antioquia. El tribunal también sostuvo que la Gobernación tiene jurisdicción sobre la Conexión Vial Túnel de Oriente y, por ende, la competencia para establecer estas restricciones.
Mauricio Flórez, veedor nacional de Movilidad, expresó su desacuerdo con la decisión y anunció que presentarán una impugnación dentro de los próximos diez días hábiles. Mauricio explicó que, entre los argumentos presentados, se señalaba que la restricción establecía un precedente desfavorable, pues podría llevar a la prohibición de motocicletas en todos los túneles de Colombia. Añadió que su demanda cuestionaba la jurisdicción de la Gobernación de Antioquia para imponer la medida, argumentando que esta decisión debería recaer en cada municipio.
Con esta resolución, el tribunal reafirmó la autoridad de la Gobernación sobre las políticas de tránsito en el Túnel de Oriente, una decisión que la Veeduría intentará revertir a través de la apelación en los próximos días.
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