El Ministerio de Transporte de Colombia aplazó nuevamente la entrada en vigencia de la normativa que exige el uso de neumáticos homologados en motocicletas. La medida, que debía implementarse el 2 de mayo, ahora comenzará a regir a partir del 2 de septiembre de 2025.
La normativa establece que los neumáticos cuenten con información grabada que certifique su homologación internacional, como parte de una estrategia para mejorar la seguridad vial. Según datos oficiales, el 62 % de las víctimas fatales en accidentes de tránsito en el país corresponde a motociclistas.
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Los conductores deberán portar documentación que acredite el cumplimiento de estos requisitos. Entre los datos que deben aparecer en las llantas se incluyen: marca del fabricante, dimensiones, categoría de velocidad, índice de carga, si es tipo “Tubeless” o “Reinforced”, fecha de fabricación, marca de homologación (letra “E” dentro de un círculo con un número) y otros marcajes según el tipo de uso (como “M+S”, “MST” o “Moped”).
La medida aplica para todas las categorías de vehículos de dos y tres ruedas establecidas por el Ministerio de Transporte:
- L1: Motos de menos de 50 c. c. y velocidad máxima de 50 km/h
- L2: Triciclos de menos de 50 c. c. y hasta 50 km/h
- L3: Motos de más de 50 c. c. o que superen los 50 km/h
- L4: Sidecars con más de 50 c. c.
- L5: Triciclos simétricos de más de 50 c. c.
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El Fondo de Prevención Vial estima que aproximadamente el 35 % de las motocicletas en circulación no cumplen actualmente con los requisitos, especialmente las de bajo cilindraje.
En 2024, el Instituto Nacional de Medicina Legal registró 4 218 motociclistas fallecidos en accidentes, algunos relacionados con fallas mecánicas o neumáticos en mal estado.
El Ministerio no ha confirmado si se otorgará un período de gracia. En caso de incumplimiento, los conductores podrían enfrentar sanciones económicas o la inmovilización del vehículo. Las autoridades recomiendan verificar el estado de las llantas y consultar con talleres certificados.
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