La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre un tema que, aunque podría ser evidente para unos, dejaba un vacío jurídico que servía para los abusos y crímenes de otros.
Los magistrados aclararon que en el matrimonio no es obligatorio tener relaciones sexuales sin consentimiento, y que ese vínculo tampoco otorga derechos sobre la sexualidad y libertad de la pareja.
Actualidad: Hidroituango no se encendería este año: EPM requiere dos meses más para hacer pruebas
El caso que estudió la Corte y que podría crear jurisprudencia alrededor del tema, es el de un hombre que abusó sexualmente de su esposa entre octubre de 2011 y abril de 2012.
En el texto del alto tribunal se lee que “Dicha conducta ocurrió en múltiples oportunidades, cada vez que el agresor llegaba a casa en estado de embriaguez en horas de la madrugada. Por medios coactivos de carácter psicológico e incluso amenazando a la mujer con una pistola la accedía carnalmente”.
En la apelación de la condena, la defensa del agresor intentó argumentar que el hombre tenía derechos sexuales sobre su cónyuge, algo que indignó a los magistrados.