La gestación por sustitución, también conocido como alquiler de vientres, en la que una mujer lleva en su vientre el hijo de otra persona o pareja, ya sea por razones familiares o mediante contratos, se ha convertido en una opción cada vez más común para quienes enfrentan problemas para concebir. Esta práctica puede ser altruista o comercial, dependiendo de si se realiza de manera gratuita o a cambio de una compensación financiera.
En Colombia, la gestación por sustitución enfrenta serios vacíos legales. Desde 1998, se han presentado 16 proyectos de ley para regular esta práctica, pero hasta ahora no existe una normativa clara. La falta de regulación quedó evidenciada recientemente cuando la Corte Constitucional ordenó a la Cancillería que otorgara la nacionalidad colombiana a una niña nacida por gestación subrogada, quien se encontraba en una situación de apátrida debido a la ausencia de legislación específica.
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En contraste, la gestación por sustitución es legal en varios países con diferentes enfoques. En Estados Unidos, la legalidad varía por estado, con algunos permitiendo tanto la gestación altruista como comercial, mientras que otros imponen restricciones o prohibiciones. En Canadá, la gestación altruista es legal, pero la compensación financiera está limitada a gastos razonables. El Reino Unido permite la gestación altruista con compensación solo por gastos y pérdidas incurridos. En Australia, la gestación altruista es legal en algunos estados y territorios, con regulaciones que varían según la región. Países como India y Ucrania permiten la gestación comercial, convirtiéndose en centros especializados para esta práctica.
El fallo reciente de la Corte Constitucional en Colombia subraya la necesidad urgente de que el Congreso legisle sobre la gestación por sustitución. La Corte hizo un llamado para que se aborden aspectos cruciales como el registro civil y la apatridia, y solicitó a la Cancillería y a la Registraduría Nacional que actualicen los procedimientos para prevenir futuros casos similares.
Además, la Corte enfatizó la responsabilidad de las autoridades colombianas en proteger los derechos de los niños nacidos por gestación por sustitución y evitar situaciones de vulnerabilidad. Se pidió a los jueces considerar el riesgo de apatridia en estos casos y al Consejo Superior de la Judicatura informar a las autoridades judiciales, especialmente a las de especialidad de familia.
Este fallo pone de relieve la necesidad de una regulación integral que garantice los derechos de todas las partes involucradas en la gestación por sustitución, asegurando que los niños nacidos bajo estos acuerdos no enfrenten riesgos legales y puedan acceder a sus derechos fundamentales.
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