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Canción “+57” de Karol G, Feid, Maluma, etc., sí vulneró dignidad de los menores. Consejo de Estado decidió sobre tutela para censurarla

  • La Sección Segunda del Consejo de Estado tumbó la tutela interpuesta por un grupo de ciudadanos contra la polémica canción “+57”, que interpretaron Karol G, Feid, Maluma, J Balvin, Blessd, Ryan Castro y DFZM.

    Desde que fue lanzada, en noviembre de 2024, la canción provocó una fuerte controversia en medios de comunicación y redes sociales, dado que muchas personas asumieron que la letra afectaba la dignidad de los menores de edad, particularmente con frases como “Una mamacita desde los fourteen”.

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    “+57” no deberá bajarse de las plataformas

    El Consejo de Estado determinó que, en efecto, “+57” sí vulneró la dignidad de los niños, niñas y adolescentes; tanto los artistas involucrados como las demás personas que hicieron difusión de la misma.

    Sin embargo, el alto tribunal negó la solicitud de los ciudadanos Ramit Osorio Peña y Daniel Eduardo De Castro Marriaga de bajarla de las plataformas, al considerar, de acuerdo con los abogados de Karol G y J Balvin, que la parte de la canción que abrió la polémica fue cambiada por “mamacita desde los eighteen”, antes incluso de que se interpusiera la tutela. Además, junto con el cambio de la letra, se ofrecieron disculpas a través de redes sociales.

    “La sexualización temprana cosifica a los menores”

    El Consejo de Estado sí les pidió a Karol G, Maluma, J Balvin, Feid, Blessd y los demás artistas que hicieron parte de la canción que Eviten difundir o publicar composiciones musicales que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”.

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    El fallo consideró que la cosificación de los menores en letras como la de esa canción, expone a los menores de edad a riesgos que pueden ser perjudiciales: “La sexualización temprana cosifica a los menores, los reduce a objetos de deseo y los expone a riesgos que pueden afectar su desarrollo”, aseveró el Consejo de Estado.

    Finalmente, recordó que los niños, niñas y adolescentes reciben protección especial en el país, “de conformidad con el marco legal sobre protección a los NNA, que comprende las normas del artículo 44 y permiten la organización de las instituciones estatales en favor de la infancia y la adolescencia, y en ejercicio de la función de pedagogía constitucional que permite adoptar medidas que prevengan una violación futura a la dignidad de los menores”.

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