En las últimas horas, la Superintendencia de Transporte informó que, desde 2023 a la fecha, ha llevado a cabo 4 963 intermediaciones en 26 aeropuertos con el fin de “acompañar a los usuarios del modo aéreo que han sido afectados por la sobreventa de vuelos”.
Según la SuperTransporte, esta práctica se presenta cuando la aerolínea comercializa un tiquete ya adquirido, con el fin de mitigar cualquier cancelación que se pueda presentar. Aún así, el Reglamento Aeronáutico de Colombia, RAC, establece que solo es permitida esta conducta en el 5 % del vuelo, por lo tanto, “el transportador tiene la obligación de responder de manera inmediata ante las necesidades de los viajeros, pues debe garantizar la prestación del servicio”.
Además, puntualizaron lo siguiente: “Se ha evidenciado que desde 2023 hasta la fecha se han recibido 17 377 PQRD sobre el sector aéreo, de las cuales 92 corresponden al tema de sobreventa de vuelos, con una participación del 0,5 %”.
Así las cosas, se desglosaron algunos puntos que los usuarios deben tener en cuenta en caso de exponerse a esta situación. Uno de estos es que la aerolínea, cuando sobrevende un vuelo, tiene obligaciones como proporcionar al usuario un cupo en el siguiente vuelo disponible; en caso de que no sea posible, deberá embarcarlo en otro lo más pronto posible y compensar al usuario con una suma equivalente a 30 % del valor del trayecto afectado.
De igual manera, entre las compensaciones a las que tiene derecho el usuario por temas como demoras en los vuelos se encuentran aspectos como el suministro de refrigerios y una comunicación telefónica que no exceda de tres minutos. Deben proporcionarse al pasajero alimentos según la hora, y si la demora supera las cinco horas, el usuario podrá ser compensado con una suma equivalente al 30 % del valor del tiquete del trayecto afectado.
Finalmente, si la espera sobrepasa de las 10:00 p. m. (hora local), la aerolínea deberá proporcionarle hospedaje (si no se encuentra en su lugar de residencia) y gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje y viceversa.
De acuerdo con la ley, el usuario puede llegar a un acuerdo con la aerolínea para cambiar voluntariamente de vuelo, caso en el cual no se tendrá como sobreventa lo acontecido con dicho pasajero.
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