Luego de que fuera expedido el decreto departamental donde quedan en firme las medidas anunciadas por el gobernador (e) de Antioquia, Luis Fernando Suárez, también se conocieron las excepciones que estarán vigentes entre el 15 y el 19 de abril, días durante los cuales habrá confinamiento total en los 125 municipios del departamento.
En total, son 32 las excepciones contempladas en el Decreto 2021070001344 del 12 de abril de 2021, las cuales permitirán a la ciudadanía movilizarse en condiciones especiales, siempre y cuando haya un documento que, según el acto administrativo, acredite y haga constar los motivos válidos.
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De ese modo, se permitirá la asistencia y prestación de servicios de salud, haciendo hincapié en que si una persona cuenta con citación para la aplicación de la vacuna contra el COVID-19, podrá trasladarse sin problemas.
Adicionalmente, estará autorizada la circulación para personas que hagan parte de las diferentes cadenas de abastecimiento y de bienes de primera necesidad como alimentos, productos farmacéuticos, de laboratorio y agronómicos. Además, está contemplado que las personas que hagan parte de proyectos de construcción y obras civiles, se podrán movilizar, siempre y cuando hagan parte de procesos relacionados con la mitigación del coronavirus como hospitales o centros de atención para la pandemia.
Las actividades hoteleras y la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, cuentan con libertad de operación únicamente mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.
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Sobre las mascotas, el decreto dice que “con el fin de proteger la integridad de las personas, mascotas y animales de compañía y en atención a medidas fitosanitarias, solo una (1) persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía”, la cual deberá cumplir con todos los protocolos de bioseguridad establecidos.
Referente a las actividades deportivas al aire libre, se insiste en que no se pueden realizar, "así lo estipula el marco nacional, ya que estamos en un momento crítico y estamos al límite en el sistema de salud", anunció hace algunos días el gobernador (e) Luis Fernando Suárez en entrevista con MiOriente.
“No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes; como tampoco su comercialización a través de plataformas digitales o domicilios”, añade la reglamentación en el parágrafo de su artículo 3.
Durante el confinamiento, una persona por núcleo familiar podrá salir a comprar productos de primera necesidad según el siguiente pico y cédula: viernes 16 (0-2-4-6-8), sábado 17 (1-3-5-7-9) y domingo 18 de abril (0-2-4-6-8).
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El acto administrativo también determina que se debe continuar con el modelo de educación en casa hasta el viernes 16 de abril, tanto en las instituciones educativas públicas como en las privadas de los municipios del Valle de Aburrá y el Valle de San Nicolás, incluyendo a San Vicente Ferrer y La Unión.
Se espera que en los próximos días las autoridades evalúen la situación y los resultados de las medidas implementadas, de manera que se puedan tomar nuevas decisiones.