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¿Esperando el pago de la prima de servicios de junio? Esto es lo que debe saber

  • Se aproxima uno de los días más esperados por los trabajadores colombianos: el pago de la prima de servicios de junio, dinero extra que, dentro de lo posible, sirve para que los ciudadanos tengan un respiro en medio del duro momento inflacionario que vive el país. 

    Según la norma, la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, o es proporcional al tiempo laborado, y se efectúa en dos pagos. 

  • El artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo establece que la prima de junio se puede pagar desde el 1 de ese mes y máximo hasta el viernes 30. La de diciembre se puede pagar desde el 1 de ese mes y con fecha máxima del 20 del mismo. 

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    Para saber cuánto le debe llegar en junio, puede calcular con el 50 % de su salario mensual. Si no lleva todo el semestre laborado, puede calcular tomando su salario base, multiplicarlo por los días que lleva laborados y dividir el resultado en 360. 

    Los trabajadores que reciben la prima son los empleados dependientes. Ahí están incluidos los y las empleadas domésticas, sin importar si no laboran todos los días de la semana. 

    Es decir, el beneficio no aplica para:

    • Salario integral: no reciben prima de servicios ya que este aporte va incluido en el 30 % que se otorga por factor prestacional.
    • Contrato por prestación de servicios: porque no hay una relación directa para los pagos prestacionales del empleador al trabajador.
    • Contrato de aprendizaje: no aplica por ser un contrato especial sin el pleno de beneficios. 

    Si usted es empleador, tenga en cuenta que la omisión de este pago puede ocasionar multas que van de uno a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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