A partir de ahora, las madres y padres de familia podrán decidir en común acuerdo el orden de los apellidos de sus hijos. La norma rige para hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos y parejas del mismo sexo.
Según la normativa, en el caso de no existir un consenso, el funcionario encargado de realizar el registro civil del menor deberá resolver el desacuerdo a través de un sorteo.
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“La Registraduría Nacional tiene que reglamentar todo el proceso de sorteo en caso de que las parejas no lleguen a un acuerdo. Este proceso regirá tanto en las Registradurías Nacionales, en las Registradurías Locales, como en las Notarías”, dijo María José Pizarro, autora de la Ley.
La norma aplica solo para quienes nazcan a partir de ahora y la Registraduría tiene un plazo de seis meses para dar trámite a esta nueva regulación que, según indicó Pizarro, “es un reconocimiento a las labores de cuidado y crianza de las mujeres en nuestro país y va más allá de una acción afirmativa, comienza a cambiar estructuras sociales dominantes en Colombia”.
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Al momento de sancionar la Ley, respaldada por la mayoría en el Congreso, el presidente Iván Duque dijo que el desarrollo de estas normativas “promueve y fortalece el liderazgo de la mujer en la sociedad y el mercado laboral. Avanzamos en el propósito de ser un país con mayor equidad de género y empoderamiento femenino", dijo el mandatario.