Recientemente, el gobernador (e) de Antioquia, Luis Fernando Suárez, anunció las medidas restrictivas dado el aumento de contagios por COVID-19 y el alto porcentaje de ocupación de camas de cuidados intensivos en el departamento.

Entre las medidas que serán aplicadas está el toque de queda, el cual regirá en los 125 municipios de Antioquia entre las 5 p.m. y las 5 a.m. de cada día, entre el 31 de marzo y el 5 de abril.

  • A través del decreto departamental 1275 del 30 de marzo de 2021, la Gobernación reglamentó las restricciones e indicó cuales serían las excepciones mientras están vigentes las medidas. Así las cosas, se destaca en el documento que “se encuentran exceptuados del toque de queda por la vida, los habitantes de los municipios del departamento de Antioquia, que en atención a sus actividades laborales o por razones de emergencia deban desplazarse”.

    Entérese: El toque de queda altera el horario de algunas celebraciones: Monseñor Fidel León Cadavid Marín. 

    El decreto también aclaró que, para constatar la excepción, se deberá presentar una prueba sumaria que indique la actividad laboral a desempeñar o la situación de emergencia a atender y por la cual se debe desplazar en el tiempo establecido para el confinamiento.

    Por otra parte, la ley seca prohíbe el consumo de licor en espacios públicos y establecimientos de comercio, sin embargo, la restricción no cancela el expendio de bebidas alcohólicas y, además, se podrán ingerir en los restaurantes o ser adquiridas a través de domicilio o plataformas digitales.