El decreto por medio del cual la Gobernación de Antioquia declaró el “Toque de queda y ley seca por la vida” en los 125 municipios del departamento, especifica algunos aspectos que los propietarios o administradores de locales con venta de licor deben tener en cuenta.
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Sucede que esta vez las autoridades fueron radicalmente estrictas, pues el artículo 3 del decreto señala que, además de estar restringido el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público, también lo estará la venta de alcohol mediante el servicio a domicilio.
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“Restringir el expendio de bebidas embriagantes en sitios cuya actividad privada trascienda a lo público, y la venta de dichas bebidas a domicilio, materializando la ley seca por la vida desde las 6:00 p.m. del viernes 30 de octubre hasta las 11:59 p.m. del lunes 2 de noviembre en los municipios de Antioquia”, dice el decreto.
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En ese orden de ideas, lo que procuran las autoridades departamentales con esta medida es, en términos del mismo Gobernador, evitar casos de lesiones personales, muertes o riñas en las viviendas por causa del consumo de bebidas embriagantes.