Luego de la polémica que surgió el pasado miércoles 10 de abril cuando el alcalde de Rionegro, Andrés Julián Rendón, denunció presuntos “riesgos de corrupción en clasificación catastral” por parte de Catastro Departamental, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) se pronunció a favor de esta última entidad.
La discusión se debió en principio al disgusto del mandatario de los rionegreros por la decisión de Catastro Departamental de replantear el acto administrativo por el cual 297 predios rurales del municipio pasan a ser clasificados como urbanos, y, por consiguiente, a pagar un impuesto predial más alto.
“Le dijimos al Gobernador que pusiera el ojo sobre eso porque no nos olía bien, y porque supimos que ese cambio de actitud fue fruto de presiones de grandes desarrolladores inmobiliarios que estuvieron merodeando esas oficinas, buscando echar para atrás las resoluciones que los están poniendo a tributar en función de las grandes posibilidades de licenciamiento urbanístico que tienen sus predios”, dijo el Alcalde a MiOriente.
En su momento, el gerente de Catastro departamental, Luis Gonzalo Martínez, se defendió diciendo que, para que un predio de expansión se convierta en urbano, es necesario que el municipio, “cumpliendo con la norma y los procedimientos catastrales (…) certifique que los lotes de engorde a los que hace alusión (…) son urbanos”, para lo cual, según Martínez, deben tener autorizadas todas las obras en la licencia de urbanización como vías, servicios públicos domiciliarios, entre otros.
Fue así como en las últimas horas, el IGAC manifestó su respaldo a la posición de la Gerencia de Catastro Departamental, y ratificó que los 297 predios que el municipio de Rionegro clasificó en suelos de expansión, deben cumplir con el artículo 2.2.4.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015.
“La anterior normativa indica que los predios deben ser incorporados al perímetro urbano cuando acrediten ejecución de obras y dotaciones a cargo del urbanizador y de las empresas de servicios públicos, de lo contrario la Autoridad Catastral de Antioquia debe inscribirlos o clasificarlos catastralmente como suelo rural”, manifestó mediante un comunicado.
En ese orden de ideas, de los 297 predios que la Alcaldía de Rionegro pretendía clasificar como como urbanos, 197 serán clasificados como rurales por Catastro Departamental por cuando, hoy por hoy, se encuentran en suelo de expansión urbana y no en suelo urbano como la Alcaldía aseguró inicialmente. Como los otros predios se encuentran clasificados como urbanos, permanecerán con dicha categoría.
“Teniendo en cuenta que para catastro solo existe la clasificación del sector urbano y rural, todo predio que esté por fuera del perímetro urbano estará comprendido en el sector rural. Pues como tal, catastro no clasifica los cinco usos del suelo que tienen las entidades territoriales municipales -Urbano, rural, expansión urbana, suburbano y protección-, en tanto que su avalúo solo varía entre uno y otro cuando los predios son incorporados al sector urbano”, dice la carta del IGAC.
MiOriente entrevistó al gerente de Catastro Departamental, Luis Gonzalo Martínez. Esto dijo:
Aquí los oficios del IGAC y Catastro Departamental:
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