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Sin conciliación terminó reunión de MinTrabajo con empleados despedidos de Avon Guarne

  • El pasado 20 de enero la planta de Avon en Guarne fue señalada de despedir masivamente a 12 de los 34 empleados que estarían adelantando la creación del sindicato, con el fin de tener garantías en la seguridad para sus condiciones laborales.

    El despido, según denunciaron los trabajadores, se dio sin justa causa: varios de ellos tenían tiempos de antigüedad de entre nueve y 12 años; uno incluso trabajó por más de 27 años.

  • Este martes 7 de febrero las personas que fueron despedidas tuvieron una audiencia con el Ministerio de Trabajo y la empresa, en la cual se expusieron todas sus condiciones laborales. Ante esto, Avon no aceptó el diálogo ni el reintegro del personal, ya que habrían tomado la decisión para ahorrar gastos en presupuestos de nómina.

    Contexto: Denuncian despido masivo en planta de Avon en Guarne por creación de sindicato

    La reunión duró cerca de una hora y media y no hubo una conciliación; es así como el Ministerio de Trabajo habría realizado un acta, la cual se entregaría al departamento encargado para su respectiva revisión.

    MiOriente ha intentado en varias oportunidades comunicarse con las directivas de la empresa para conocer su versión, pero siguen sin dar respuesta.

    Cabe recordar que varias de las personas despedidas mencionan que la empresa les habría afectado los tiempos de descanso dentro de la operación; una de las quejas tiene que ver con el de la alimentación, ya que solo tendrían 15 minutos de snack durante el turno de las ocho horas, y el tiempo para el almuerzo sería luego de terminar la jornada laboral.

    Más detalles: Planta Avon en Guarne sigue sin dar respuesta ante presunto despido masivo

    Otra denuncia tiene que ver con los pagos salariales: los trabajadores expresan que les anunciaron que les iban a pagar los 15 de cada mes el 40 % del salario sin deducciones, y los 30 el otro 60 %, pero a este le aplicarían todas las deducciones de salud, fondo de empleados, cesantías, entre otros.

    Esas fueron algunas de las condiciones laborales en las que se sintieron vulnerables y por estas razones tomaron la decisión de comenzar a radicar la creación del sindicato ante el Ministerio de Trabajo, el cual fue aprobado el pasado 23 de enero.

    ¿Qué dice el Código Sustantivo del Trabajo?

    Para poder hacer despidos colectivos se requiere la autorización previa por parte del Ministerio. El Código Sustantivo del Trabajo, en el numeral 1 del artículo 67 de la Ley 50 de 1990, señala:

    Cuando algún empleador considere que necesita hacer despidos colectivos de trabajadores, o terminar labores, parcial o totalmente, por causas distintas a las previstas en los artículos 5°, ordinal 1°, literal d) de esta ley y 7° del decreto-ley 2351 de 1965, deberá solicitar autorización previa al Ministerio de Trabajo explicando los motivos y acompañando las correspondientes justificaciones, si fuere el caso. Igualmente deberá comunicar en forma simultánea, por escrito, a sus trabajadores de tal solicitud

    La empresa requiere justificar por qué necesita hacer un despido colectivo, pues de lo contrario no será extendida tal autorización. Si se hace un despido colectivo sin estar avalado, se configuraría un posible despido ilegal, lo que podría dar lugar al reintegro de los trabajadores por orden judicial.

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