En los últimos días, en el Oriente Antioqueño se han presentado situaciones en las que presuntos ladrones han sido abatidos por la víctima en defensa propia.
El primer caso ocurrió el jueves 25 de agosto. Un hombre fue asesinado en la vía Marinilla-El Peñol, puntualmente en la vereda Alto del Mercado, cuando pretendía hurtar elementos de valor a una persona que se movilizaba en un vehículo.
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Precisamente, la víctima del hurto portaba un arma de fuego y disparó en dos ocasiones contra uno de los presuntos delincuentes, provocándole la muerte de forma instantánea.
El segundo caso se presentó el viernes 26 de agosto en la vereda San Gerardo de La Ceja. Allí la comunidad reportó que un ciudadano que iba a ser víctima de un robo en su vivienda, reaccionó, le quitó el arma a uno de los sujetos, y en este hecho uno de los presuntos ladrones falleció.
Sobre ambas situaciones, MiOriente consultó con el abogado Jaison Gaviria, quien se refirió sobre el derecho que tienen las personas de defenderse si sus derechos se ven vulnerados, en este caso por el hurto de sus pertenencias.
“Un segundo basta para cambiar la vida de muchas personas. Defenderse de una agresión injusta es un derecho, pero sobrepasar sus límites puede llevarlo de víctima a victimario en un instante. Según nuestro Código Penal, la legítima defensa es una causal de ausencia de responsabilidad. Lo anterior significa que la ley autoriza, en caso de agresiones injustas, la defensa de nuestros derechos, o los de un tercero”, dijo el abogado.
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En ese sentido, quien se defiende legítimamente o defiende a otro, no responderá penalmente por el resultado de su defensa, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Se debe defender un derecho propio o ajeno: nuestras leyes no establecieron una lista exclusiva de derechos sobre los que opere la legítima defensa. No obstante, los que más se protegen por esta vía son: la vida, la integridad de las personas, el patrimonio y la libertad.
- La agresión debe ser injusta: toda agresión en contra de nuestros derechos, y que sea el resultado de la acción delictiva de otra persona, debe ser considerada injusta. Ataques contra nuestra vida y patrimonio son agresiones que ocurren comúnmente.
- La agresión debe ser actual o inminente: solo podemos defendernos legítimamente de agresiones que están ocurriendo en el momento, o que es inminente que ocurran si no tomamos acciones. Cuando el peligro ha terminado, y no hay riesgo para los derechos que salvaguardamos, debemos detener nuestra defensa.
- La defensa debe ser proporcional a la agresión: debemos defendernos de forma idónea para proteger nuestros derechos. La fuerza o medio utilizado debe ser el necesario, teniendo cuidado de usar solo la fuerza o medios indispensables para defendernos.
Sin embargo, no son pocas las veces que la legítima defensa sobrepasa los límites establecidos; los linchamientos son un ejemplo de ello. Muchos “ladrones” son neutralizados por sus víctimas, y la comunidad concurre para ayudar al afectado. En un acto de valentía y solidaridad, las personas inmovilizan a quien está hurtando y lo capturan.
Lamentablemente, en muchos casos, el uso de la fuerza no termina con la detención del atacante. Después de superar el peligro, en numerosas ocasiones la ciudadanía agrede al capturado, en una especie de venganza colectiva. Para este punto, ya no se trataría de legítima defensa, sino de una conducta autónoma que puede terminar en un homicidio
puntualizó Jaison Gaviria.
Aunque existen alternativas jurídicas para las personas que se vean involucrados en una situación como esta, lo ideal es evitarlo. “Debemos pensar dos veces antes de pretender hacer justicia por mano propia; esta acción no está permitida en Colombia. Aunque todos sentimos impotencia e indignación por la inseguridad que vivimos, cometer un homicidio no es la solución”, concluyó Jaison Gaviria.