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Códigos de vestimenta estudiantil: lo que pueden y no pueden prohibir los colegios

  • Los manuales de convivencia en los colegios colombianos suelen incluir disposiciones sobre la apariencia personal de los estudiantes. Estas reglas abordan desde la longitud del cabello hasta el uso de maquillaje, tatuajes y piercings. Según el jurista Alexander Pinzón, en entrevista con El Tiempo, la Ley 115 de 1994 permite a las instituciones educativas establecer sus propios manuales de convivencia, incluyendo códigos de vestimenta. Sin embargo, estos manuales deben respetar los límites legales y constitucionales y no pueden violar los derechos fundamentales de los estudiantes.

    La Corte Constitucional ha emitido varias sentencias en las que destaca que los manuales de convivencia no pueden restringir el derecho al libre desarrollo de la personalidad ni a la libre expresión de los estudiantes. Por ejemplo, la sentencia T-349-16 aborda el caso de una adolescente a la que se le prohibió llevar un corte de pelo californiano, considerando que esta restricción afectaba su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

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    En cuanto al maquillaje, los piercings y los tatuajes, la Corte ha afirmado que hacen parte del derecho a la libre expresión y al libre desarrollo de la personalidad. Por lo tanto, los manuales de convivencia no pueden exigir a los estudiantes que no tengan estas expresiones personales, incluso si son visibles.

    En relación con la identidad de género, la Corte ha determinado que las personas trans tienen derecho a usar el uniforme con el que se identifican, ya sea de hombre o de mujer. Además, los uniformes no pueden vulnerar la identidad religiosa de los estudiantes, como se estableció en la sentencia T-832 de 2011.

    En términos económicos, los colegios no pueden negar la entrada a un estudiante por no tener el uniforme completo debido a limitaciones financieras. La Directiva 07 de 2010 del Ministerio de Educación establece claramente que la falta de uniforme por razones económicas no puede ser motivo para impedir la participación en las actividades académicas.

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    Si bien los colegios pueden establecer normas sobre el uso de uniformes, incluyendo diseño, colores y estilo de calzado, estas reglas deben ser razonables y respetar los derechos de los estudiantes. Las instituciones educativas deben tener en cuenta los límites legales y constitucionales al redactar sus manuales de convivencia para garantizar un ambiente escolar inclusivo y respetuoso de los derechos individuales.

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