Los Alcaldes municipales tienen la facultad para reducir o ampliar el horario de los domiciliarios.
Como una medida para facilitar el cumplimiento del aislamiento preventivo obligatorio que se extiende hasta el 26 de abril a las 11:59 p.m., el Gobierno Nacional eliminó las restricciones horarias para los domiciliarios de productos de primera necesidad y de restaurantes.
Según lo explicó la ministra del Interior, Alicia Arango, "ya no regirá horario para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con la comercialización presencial de productos de primera necesidad, tiendas, mercados y restaurantes que ofrezcan sus servicios mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio".
La única condición que deben tener en cuenta los domiciliarios, y por su puesto sus empleadores, es cumplir con todas las medidas de bioseguridad, como el tapabocas, gel, guantes y mantener la distancia de dos metros con otras personas.