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Presidencia defendió decreto que deroga multa por porte de dosis personal: “Penalización de narcotráfico sigue vigente”

  • El presidente Gustavo Petro pidió “no dejarse engañar por desinformadores” que insinúan que, mediante el decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, se ha despenalizado la comercialización de drogas y el narcotráfico.

    La controversia obedece a la eliminación de la sanción por el porte de la dosis personal, que para Colombia está tipificada dentro de la Ley 30 de 1986:

  • “Es dosis para uso personal la cantidad de marihuana que no exceda de veinte (20) gramos; la de marihuana hachís que no exceda de cinco (5) gramos; de cocaína o de cualquier sustancia a base de cocaína la que no exceda de un (1) gramo, y de metacualona la que no exceda de dos (2) gramos. No es dosis para uso personal, el estupefaciente que la persona lleve consigo, cuando tenga como fin su distribución o venta, cualquiera que sea su cantidad”, dice la ley.

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    Para el presidente Petro, haber impuesto multas por el porte de la dosis personal lo que ha propiciado es ejercer una persecución contra los jóvenes, erigirlos como un “enemigo interno”.

    El mandatario se refiere al decreto 1844 de 2018 —creado durante el gobierno de Iván Duque y el cual se deroga con el nuevo decreto 2114, ya mencionado—, que endurecía las medidas frente al porte de la dosis para uso personal “con el objetivo de establecer condiciones para la convivencia en el territorio nacional”.

    Al derogar las multas y el raqueteo que conlleva, la llevada al CAI y en muchos casos el golpe, la extorsión e incluso el abuso de mujeres cesan (…) Podemos hablar de paz al barrio

    manifestó el jefe de Estado.

    ¿Cuáles son los alcances del nuevo decreto?

    El decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023 “lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal”, afirmó el ministro de Justicia, Néstor Osuna.

    Con esto se busca acatar los mandatos de la Corte Constitucional, que ha denegado la “criminalización de la dosis personal, comoquiera que no comporta una finalidad represiva frente a quien tenga la condición de adicto (...)”

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    Sin embargo, cuando se sobrepasen las cantidades de droga que quepan dentro de la consideración de la dosis personal, sí habrá penalización.

    Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes (…) Todo lo demás continúa igual. La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio. También esto es mandato de la Corte Constitucional, que acatamos y con la que estamos de acuerdo

    manifestó el presidente Gustavo Petro a través de su cuenta de X.

    De acuerdo con el mandatario, derogar las multas al porte establecidas de manera inconstitucional hará que la herida abierta entre la juventud barrial y la policía local se pueda cerrar, porque el Estado deja de “ejercer una persecución insensata contra los jóvenes de los que se sospecha son consumidores solo por ser jóvenes; la mayoría no son consumidores”. 

    “Esa guerra contra la juventud ha terminado. La policía debe lograr acabar las desconfianzas barriales con la juventud y centrarse en lo que la ley prohíbe. Capturar al capo, al lavador de dólares, y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía. La juventud del barrio no es el enemigo, es la nación futura”, puntualizó el jefe de Estado.

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