La Corte Constitucional restituyó una norma que otorga al Ministerio de Salud la facultad de establecer criterios para la distancia entre farmacias y droguerías en el país. Esta medida, eliminada en 2012 por considerarse una restricción al derecho a la salud, vuelve a estar vigente con el objetivo de mejorar la distribución de establecimientos y el acceso a medicamentos.
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El fallo ha generado posiciones divididas. Por un lado, la Asociación Colombiana de Droguistas y Detallistas (Asocoldro) apoya la regulación, argumentando que evitará la concentración de droguerías en ciertos sectores y garantizará mayor acceso a la población en zonas con menos oferta.
Por otro lado, empresas del sector farmacéutico consideran que la normativa afecta la libre competencia y limita las opciones de los consumidores.
Con el restablecimiento de esta norma, el Ministerio de Salud, bajo la dirección de Guillermo Alfonso Jaramillo, retomará el control sobre la ubicación de farmacias y droguerías en el territorio nacional. La medida abre el debate sobre su impacto en el mercado farmacéutico y en el acceso a medicamentos, mientras sectores económicos y autoridades analizan sus implicaciones en la prestación del servicio.
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