Este miércoles 22 de marzo se radicará en el Congreso de la República la reforma pensional. 86 de los 89 artículos del proyecto de ley fueron acogidos en la Comisión de Concertación.
La esencia de la propuesta pensional es unificar los recursos públicos y el ahorro previsional de trabajadores, esto con el fin de aumentar la cobertura y reducir la carga tributaria del Sistema General de Pensiones.
Cuatro pilares de la reforma pensional; así funcionará
Los pilares que comprende el nuevo sistema de protección social integral para la vejez son el solidario, el semicontributivo, el contributivo y el de ahorro voluntario.
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Solidaridad: beneficiará a cerca de tres millones de adultos mayores de 65 años, sin posibilidad de pensión, con un subsidio mensual de 223.000 pesos.
Semicontributivo: pagará un salario mínimo a personas que no pudieron recibir una pensión de jubilación, pero que hayan aportado parcialmente al plan estatal de ahorro de beneficios definidos (Colpensiones) o tengan ahorros en las AFP.
Contributivo: este plan de pensiones está dirigido a aquellos que trabajan en el sector formal y contribuyen a fondos públicos o privados.
Ahorro voluntario: las personas que ganan más de tres salarios mínimos pueden ahorrar más del mínimo legal para obtener una mejor pensión.
¿Cómo funciona actualmente?
En Colombia, el Sistema General de Pensiones (SGP) definido en la Ley 100/1993 busca garantizar el reconocimiento económico vitalicio de al menos un salario mínimo en caso de siniestros por vejez, invalidez o muerte.
El Sistema General Pensional comprende dos esquemas mutuamente excluyentes:
1. Reparto o prima media: este es el fondo público administrado por Colpensiones. Funciona como un fondo común, donde se depositan todos los aportes de los trabajadores.
2. Ahorro individual solidario: este es el fondo privado que actualmente es administrado por Colfondos, Old Mutual, Porvenir y Protección. Cada trabajador acumula su propio capital, el cual es independiente del de los demás miembros del Sistema General de Pensiones.
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¿Cómo cambiarían estos dos esquemas?
Caja pública: cubre a todos los trabajadores y recibe aportes obligatorios entre uno y tres salarios mínimos. Además, estará a cargo de autorizar las pensiones de invalidez y sobrevivencia. El nuevo fondo será administrado por Colpensiones.
Ahorro individual: cubre a los trabajadores cuyos ingresos superan los tres salarios mínimos y reciben aportes obligatorios entre tres y 25 salarios mínimos. Cada trabajador puede seleccionar su entidad administradora.
Quedó clara la imposibilidad de que el Gobierno utilice el fondo de ahorro para financiar gastos; en ningún caso será posible, ya que el fondo de ahorro se utilizará únicamente para financiar pensiones.