A partir de hoy, 16 de noviembre, para ingresar a algunos sitios se deberá presentar el carné de vacunación físico o digital que certifique, por lo menos, la aplicación de la primera dosis contra el COVID-19. La medida rige en todo el territorio nacional y las alcaldías velarán por su implementación.
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¿Quién debe presentar el carné?
La disposición cobija a los mayores de 18 años y el 30 de noviembre se sumarán los mayores de 12. De momento, los menores que se encuentran entre los 3 y 11 años no deberán cumplir con el requisito.
Buscamos que todos los sitios con aglomeración sean más seguros
dijo Gerson Bermont, director de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud.
¿Dónde lo debo mostrar?
De acuerdo con el Decreto 1408 de 2021, expedido por el Ministerio de Salud, estar vacunado es requisito para asistir a eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva.
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De esta manera, también deberá presentar el carné en bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, casinos, bingos, museos, parques de diversiones y temáticos, escenarios deportivos y actividades de ocio.
¿En cuáles sitios no aplica la medida?
Por el contrario, el carné no será exigido para hacer uso del transporte público o asistir a escuelas y supermercados. En cuanto a los centros de culto, hay una disposición diferenciada.
Para ingresar a una iglesia, al culto que todos tienen derecho, no se necesita. Pero si se va a hacer un evento de la parroquia, ahí sí se tendrá que exigir
agregó Bermont.
¿Debo presentar el carné físico?
Tiene dos opciones: físico o digital. El último lo puede descargar en mivacuna.sispro.gov.co. Si llega a perder el documento físico, puede acercarse a la IPS vacunadora para que le entreguen otro certificado que avale el cumplimiento con el esquema de biológicos anticovid.
¿Quién le hace seguimiento a la medida?
Los alcaldes son los responsables de implementar el decreto y los dueños de los establecimientos deberán hacerlo cumplir. Si no lo hacen, recibirán sanciones que van desde el llamado de atención hasta el cierre del lugar. Cualquier sanción, con base en la reglamentación del Ministerio, la asumirá el propietario del establecimiento y no el ciudadano.
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