A través de operativos rutinarios de prevención y control, autoridades llevaron a cabo en los últimos dos años la incautación de armas de fuego de letalidad reducida (traumáticas, neumáticas y de fogueo) en el Oriente Antioqueño.

Según el Artículo 27, está prohibido el porte de armas neumáticas, de aire, de fogueo, de letalidad reducida, dispositivos similares, o cualquier elemento que se asimile a armas de fuego, en lugares abiertos al público, especialmente en aquellos donde se desarrollen aglomeraciones de personas o donde se consuman bebidas embriagantes.

  • Es de resaltar que quienes sean detenidos en posesión de estas armas sin la documentación requerida por las autoridades podrían enfrentar penas significativas, que van desde 9 hasta 12 años de prisión.

    Pauta en MiOriente, conoce las tarifas https://mioriente.com/pauta-mioriente