Al concluir la primera jornada de la audiencia sobre las medidas cautelares que protegen el derecho a la búsqueda de las víctimas en la Comuna 13, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad de la JEP ha emitido nuevas directrices. Estas órdenes están enfocadas en la intervención del Jardín Cementerio Universal de Medellín y La Escombrera.
Decisiones sobre el Jardín Cementerio Universal de Medellín
- Levantamiento de la Medida Cautelar: La medida cautelar sobre el Jardín Cementerio Universal se ha levantado tras recibir el informe de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA). Durante cuatro años, esta entidad llevó a cabo una intervención forense, logrando exhumar 183 cuerpos que ahora están bajo la custodia del Instituto de Medicina Legal.
- Disponibilidad de Osarios: La Alcaldía de Medellín deberá proveer, en un plazo máximo de seis meses, 170 osarios individuales destinados a la inhumación de cuerpos no identificados o identificados pero no reclamados, exhumados del Jardín Cementerio Universal.
- Organización del Cementerio: La Alcaldía de Medellín y el Jardín Cementerio Universal deberán reorganizar la nomenclatura del cementerio en un periodo de seis meses, siguiendo las recomendaciones proporcionadas por la UIA de la JEP.
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Directrices para La Escombrera
- Aprobación del Plan Forense, Fase V: Se ha aprobado el plan de intervención forense de la fase V para la búsqueda de personas desaparecidas en La Escombrera, así como el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. La UIA de la JEP, en coordinación con la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD), deberá continuar implementando este plan, que incluye la excavación en un sector protegido por la JEP. Este proceso contará con la participación de las organizaciones peticionarias y el soporte técnico forense de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala y EQUITAS.
- Propuesta de Intervención Forense, Fase VI: La UBPD y la UIA de la JEP deberán presentar, en un plazo de tres meses, la fase VI de la propuesta de intervención forense. Esta fase debe garantizar la búsqueda adecuada en toda el área protegida por la JEP, y no solo en la definida en la fase V.
- Plan de Toma de Muestras Genéticas: La sección ha aprobado el plan de toma de muestras genéticas presentado por la UBPD y Medicina Legal. En un plazo de 10 días, deberán presentar un cronograma de jornadas de atención integral e interinstitucional a las familias de las víctimas de desaparición forzada.
Acciones en Memoria y Dignidad
Finalmente, la Sección de Ausencia de Reconocimiento ha ordenado acciones para honrar la memoria y dignidad de las víctimas de desaparición forzada y sus familias. Se ha ordenado a la Gobernación de Antioquia y a la Alcaldía de Medellín la creación de la Ruta de la Memoria de la Comuna 13, con un plazo de tres meses para su implementación.
Además, la Alcaldía de Medellín deberá instalar una placa en las escaleras eléctricas de la Comuna 13, en homenaje a las víctimas y a las mujeres buscadoras, siguiendo las recomendaciones de las organizaciones de víctimas.
Fuente: Información oficial de la JEP. Información de servicio para buscadores y buscadoras.
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