Guatapé es uno de los municipios turísticos más relevantes del país, debido a que recibe diariamente a cientos de turistas que encuentran en esta localidad del Oriente Antioqueño una variedad de alternativas que lo posicionan como un territorio digno de conocer.
Sin embargo, algunos de los servicios que se prestan desde hace varios años han ocasionado malestar entre los propios habitantes de la zona, como en el caso de los residentes de la vereda La Piedra y sus diferentes sectores, quienes en reiteradas oportunidades han expresado su inconformidad frente a una de las atracciones —el vuelo en helicóptero— por la contaminación auditiva que generan las aeronaves.
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Según conoció MiOriente, uno de los factores principales por los cuales el ruido afecta a los ciudadanos está relacionado con la altura en la que se desplazan los helicópteros, debido a que, al parecer, es inferior a la permitida. Además, si bien hasta el momento no se han presentado incidentes por estas prácticas, según los perjudicados, es un peligro latente para las viviendas circundantes de los helipuertos instalados en Guatapé.
La demanda
El 16 de julio de 2021, Nora Cielo Correa Quintero, actuando en nombre propio, junto con un grupo de residentes del municipio de Guatapé, formuló una demanda en ejercicio de la acción popular contra las empresas que prestan el servicio de vuelo en helicóptero y, además, se estableció una serie de peticiones amparada en la protección de sus derechos.
Según se dice en la demanda, desde 2019 los habitantes que residen en los alrededores de La Piedra de El Peñol han visto alterada su tranquilidad por causa del ruido constante generado por los sobrevuelos de helicópteros. Desde entonces comenzó este proceso sobre el cual el Tribunal Administrativo de Antioquia ya emitió sentencia.
Sentencia en primera instancia
Ante esta situación y debido a las constantes quejas de la comunidad, el Tribunal Administrativo de Antioquia declaró “vulnerados los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, la tranquilidad, la intimidad y la seguridad de los habitantes de la vereda La Piedra y sus diferentes sectores”.
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Por lo tanto, ordenó que “en el término máximo de SEIS (6) MESES Helitours S. A. S., Operador Logístico Helicoportado (Operador Comercial), y Helisur S. A. S. (Helipuerto) trasladen el helipuerto ubicado en el kilómetro 10 vía El Peñol-Guatapé, hotel Los Recuerdos, a un sitio donde el Plan de Ordenamiento Territorial del respectivo municipio lo permita”.
Adicionalmente, el Tribunal señala que si pasados seis (6) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, las sociedades propietarias del helipuerto no lo han trasladado a otro lugar, deberá ser clausurado definitivamente.
¿Qué responden las empresas prestadoras de servicios?
MiOriente dialogó con Néstor Alfonso Cabezas Sierra, gerente de la compañía Helitours S. A. S., que desde 2013, cuando nació la empresa, ha contado con las licencias pertinentes para prestar el servicio de vuelos en helicóptero en el municipio.
Ante el reciente fallo en primera instancia por parte del Tribunal Administrativo de Antioquia, respecto a la prestación del servicio turístico, Cabezas Sierra indicó que “ayer recibimos la noticia con tranquilidad, vamos a respetarla, acatarla, pero ya los abogados están en el trámite para llegar al mejor término posible en este proceso”.
El gerente de Helitours también manifestó que el ejercicio de la actividad siempre ha buscado que se realice sin afectación a la ciudadanía, con niveles de ruido moderados y sin presencia de riesgo. Incluso, desde 2013 hasta 2019, solo recibió la queja de un habitante de la zona.
En seis años, solo tuvimos la queja de un ciudadano; me senté con él, lo invitamos al helipuerto y conciliamos. Él pensaba que yo le pasaba el helicóptero por su finca en un acto de mala fe. Le expliqué, modificamos el procedimiento, pero solo fue esa queja. Ya en los años siguientes entramos en esta situación en la que hoy estamos
agregó.
¿Qué sigue en el proceso?
Néstor Alfonso Cabezas reiteró que inicialmente acatan las instrucciones que se han emitido, pero procederán a tomar las medidas que corresponden desde el ámbito del derecho.
Vamos a presentar los recursos de apelación, procederemos con esa posibilidad y, si en seis meses, que es el plazo que nos dan, no podemos encontrar una solución, tocará cerrar las operaciones, cerrar la empresa
concluyó.
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En ese sentido, la orden inmediata del Tribunal Administrativo de Antioquia es el cese de actividades por parte de las empresas que prestan el servicio en el punto de aterrizaje “La Piedra”. Luego, según la sentencia, Helitours y las demás compañías deberán trasladar el helipuerto a otra zona que cumpla con las condiciones requeridas; de lo contrario, será clausurado.