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Rionegro prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas en zonas públicas y restringe el parrillero los fines de semana

  • En la mañana de este jueves, el alcalde de Rionegro decretó establecer y reglamentar el perímetro de las zonas de espacio público o lugares abiertos al público ubicados dentro del área circundante a instituciones o centros educativos (en un perímetro de 100 metros), y en las áreas y zonas de espacio público, en las cuales se restringirá el porte, consumo, facilitación, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, incluso la dosis mínima.

    Según la Alcaldía, en las siguientes áreas regirá el decreto:

    • Instituciones educativas de carácter público y privado, tales como jardines infantiles, colegios e instituciones de educación superior, en todos sus niveles, destinadas a la formación académica e intelectual en todos los niveles.
    • Estadios, coliseos y centros deportivos y culturales.
    • Canchas deportivas, piscinas abiertas al público, gimnasios al aire libre.
    • Buses, estaciones y paraderos que hagan parte del sistema de transporte público, además de la terminal aérea del municipio; instituciones prestadoras de servicios de salud, públicas y privadas.
    • Parques barriales, incluidos en el sistema de parques municipales.

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    Desde la Secretaría de Gobierno se realizará una delimitación del perímetro clara y visible para los ciudadanos, informando los espacios restringidos y los horarios de restricción para el consumo de sustancias psicoactivas

    expresó la Alcaldía de Rionegro.

    De igual manera, el decreto establece que el horario en que regirá esta normatividad tendrá lugar durante las 24 horas del día los siete días de la semana.

    La persona que incurra en una o más de las conductas prohibidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1801 de 2016 o la norma que la modifique, adicione o sustituya sin perjuicio de las demás sanciones penales a que haya lugar.

    Otro decreto en Rionegro

    La administración municipal también informó que restringe el transporte de acompañante en vehículos tipo motocicleta los fines de semana, incluidos los lunes feriados, en el horario de 8:00 p. m. a 5:00 a. m.

    Los presentes decretos rigen a partir del día viernes 26 de enero de 2024 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias

    concluyó la administración municipal.

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