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Los requisitos para reactivar obras civiles y de construcción en Rionegro

  • Desde el momento en que el Gobierno Nacional indicó la forma en que el país reactivará paulatinamente su vida económica a partir del 27 de abril, la Alcaldía de Rionegro emitió una circular con orientaciones para la reactivación de obras civiles y de construcción en su jurisdicción.  

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  • Y es que las excepciones del Decreto 531 del 8 de abril 2020 incluyen la intervención de obras civiles y de construcción que por sus características presentan riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural.

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    “Toda obra civil y de construcción que se pretenda reactivar (…) deberá contar con un informe técnico detallado, elaborado por el titular de la licencia, que será remitido a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaría de Planeación, verificando la legalidad de la construcción”, indicó la Alcaldía.

    Aquí los requisitos:

    • Estudio de las medidas de mitigación requeridas para la estabilidad técnica, amenaza de colapso o reforzamiento estructural.
    • Cronograma de actividades programadas para realizar las obras de mitigación, en concordancia con lo expuesto en el Decreto 531 de 2020.
    • El número de personal requerido en la obra, describiendo la actividad que cada uno desarrollará y el tiempo estimado para su ejecución.
    • Copia del protocolo adoptado en materia de bioseguridad y promoción para la prevención del coronavirus, que dé cuenta de la implementación de la circular conjunta 001 del 11 de abril de 2020, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo.

    Será justamente la Secretaría de Gobierno, a través de las inspecciones de Policía y la Corregiduría Sur, la encargada de adelantar la vigilancia sobre estas obras de construcción según lo establecido en el decreto.

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