Por el delito de aprovechamiento ilícito de recursos naturales, juzgado promiscuo municipal de El Retiro ratifica sanción impuesta por Cornare
Luego de verificar la infracción de un habitante del Oriente Antioqueño quien de forma ilícita extraía y comercializaba musgo y sarro, afectando la humedad de los bosques, la autoridad ambiental además de emprender las acciones administrativas ambientales correspondientes, instauró una acción penal ante la Fiscalía General de la Nación y avocada en la etapa del juzgamiento por el Juzgado Promiscuo municipal de El Retiro ya que la explotación de los recursos naturales tenía lugar en la vereda carrizales de ese municipio, lo que ratificó sanción impuesta por CORNARE.
Es de tener en cuenta que el aprovechamiento de musgo y sarro, está vedado por el INDERENA a nivel nacional por la resolución 213 de 1977, pues el musgo por ejemplo, juega un papel determinante en la dinámica de los bosques y en general de todo el ecosistema, mientras el helecho sarro, tiene una función importante como soporte de suelo, filtro natural de agua y como hogar de muchos microrganismos.
Teniendo en cuenta la avanzada edad y el estado de salud del imputado, el juzgado y la fiscalía determinaron aplicarle el principio de oportunidad, bajo el compromiso de no reincidir más en la conducta que motivó la investigación y posterior sanción jurídica, mientras para la Corporación este hecho no deja de marcar un precedente importante sobre las consecuencias penales a las cuales se expone un ciudadano cuando comete delitos contra los recursos naturales.
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