A partir de ahora, MinSalud adopta el Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento válido de identificación para los migrantes venezolanos, a través de la Resolución 1178 de 2021.
“Con este documento todos los migrantes venezolanos podrán afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Para ello es importante que todos los migrantes gestionen el PPT ante Migración Colombia”, señaló María Andrea Godoy Casadiego, viceministra de Protección Social.
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Luego de que el migrante venezolano posea el documento habilitado, podrá afiliarse al SGSSS en la EPS de su elección que se encuentre autorizada en el lugar de residencia, teniendo en cuenta lo siguiente:
Si tiene trabajo formal o es trabajador independiente con capacidad de pago, debe afiliarse al régimen contributivo, donde aportará al sistema de salud acorde a sus ingresos. Esto le permitirá afiliar a beneficiarios, como hijos o cónyuge, sin costo adicional.
Si no cuenta con capacidad de pago, puede afiliarse al régimen subsidiado. Una vez efectuado este trámite, tiene un plazo de cuatro meses para realizar la encuesta del Sisbén (https://www.sisben.gov.co), para lo cual deberá acercarse a la alcaldía del lugar de residencia. Así mismo, para continuar afiliado deberá acreditar su permanencia en el país, actualizando los datos del domicilio cada cuatro meses ante la entidad territorial donde reside.
En cuanto a los afiliados con Permiso Especial de Permanencia (PEP), la viceministra Godoy expresó que el migrante que posea el PEP vigente y no se encuentre afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberá acercarse a la Secretaría correspondiente para que se pueda adelantar su trámite de afiliación a una EPS.
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Por otra parte, el migrante venezolano que se encuentre afiliado al SGSSS con los documentos válidos, y luego del trámite respectivo le sea expedido su PPT, no tendrá que afiliarse nuevamente al sistema, ya que una vez se
reciba la información por parte de Migración Colombia, el SGSSS efectuará la transición del documento.