La Procuraduría General estableció que el investigado se encontraba inhabilitado para posesionarse como concejal del municipio de San Luis.
Mediante fallo de primera instancia, el ente de control sancionó con suspensión de seis meses del ejercicio de su cargo al señor Héctor de Jesús Gómez Mejía, Concejal del municipio de San Luis, para el periodo 2012-2015, por violar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
Se estableció que el señor Gómez Mejía, se encontraba inhabilitado para ejercer el cargo de concejal porque desde el 1ro de julio de 2007 había tomado en arriendo un local comercial del municipio, en el cual funciona un restaurante de su propiedad. Luego de haberse posesionado en ese cargo celebró por interpuesta persona, contratos de arrendamiento del mismo local, pero es él quien continuó atendiendo y beneficiándose del inmueble arrendado, con lo cual incurrió en una incompatibilidad.
En consecuencia, el sancionado incurrió en faltas disciplinarias porque el 26 de mayo de 2011 suscribió un otro sí a través del cual se prorrogó el contrato de arrendamiento del citado local desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2011 y luego, tras su posesión, suscribió contratos de arrendamiento del mismo local comercial, a través de una sobrina suya, durante los años 2012 y 2013.
Por los hechos descritos anteriormente, la Procuraduría concluyó que el señor Gómez Mejía estaba inhabilitado para posesionarse en ese cargo e incurrió en violación del régimen de incompatibilidades.
La falta se calificó definitivamente como grave a título de culpa grave.
La determinación disciplinaria de primera instancia quedó en firme teniendo en cuenta que no se interpuso recurso de apelación contra el fallo de primera instancia.
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