Cornare, al igual que las demás corporaciones autónomas regionales (CAR) de Antioquia, expresaron su preocupación por la nueva Ley de Páramos que el Congreso de la República aprobó en las últimas semanas, por cuanto se ponen en riesgo los recursos con los que estas realizan sus funciones de control, seguimiento y protección del patrimonio ambiental.
Los recursos que habitualmente le son transferidos a las autoridades ambientales de Antioquia provienen del sector eléctrico y la tasa por utilización del agua. En un comunicado conjunto, Corantioquia, Corpourabá, Cornare y la Gobernación de Antioquia, indicaron que la nueva ley, que está lista para ser sancionada por el Presidente, “tiene en su artículo 24 una redacción confusa y que genera gran preocupación (...) porque no clarifica qué recursos de las transferencias del sector eléctrico y la tasa por uso del agua irían a las corporaciones autónomas regionales”.
Según las autoridades ambientales, los recursos que perciben las CAR comenzarían a ser transferidos al Fondo Nacional Ambiental (FONAM), perjudicando la autonomía administrativa y ejecutiva por cuanto se abre la puerta a la centralización en el manejo de los recursos desde Bogotá y no desde las regiones, donde realmente se conocen las necesidades puntuales en materia ambiental.
MiOriente entrevistó a Carlos Mario Zuluaga, director de Cornare, y esto fue lo que dijo:
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“Se dejan vacíos normativos, pues no se establece el monto que de las Transferencias del Sector Eléctrico (TSE) debe ser girado al FONAM, a la subcuenta de páramos, así como también se deja a interpretación si la trasferencia la realiza directamente la generadora de energía al FONAM o a la CAR”, agregaron las corporaciones y la Gobernación.
Para hacerse a una idea de la magnitud de las posibles afectaciones de la sanción de la Ley de Páramos, solamente en el caso de Cornare se estarían poniendo en riesgo 26.000 millones de pesos anuales. De esta suerte, las autoridades ambientales de Antioquia hicieron un llamado al Gobierno Nacional para que revise cuidadosamente esta Ley, y en especial su artículo 24, donde existen las mayores dudas o vacíos jurídicos.