Contraloría archivó proceso fiscal contra Andrés Julián Rendón por los CAI de Rionegro

La Contraloría General de la República archivó el proceso de responsabilidad fiscal que involucraba al gobernador de AntioquiaAndrés Julián Rendón, por un presunto detrimento patrimonial relacionado con la construcción de los CAI de San Antonio de Pereira y Cuatro Esquinas, en el municipio de Rionegro.

De acuerdo con el fallo, la decisión se tomó tras concluir que no existió daño patrimonial al Estado. La entidad de control determinó que las obras fueron ejecutadas, recibidas y destinadas al fin previsto, además de encontrarse habilitadas administrativamente y prestando servicio a la comunidad. En consecuencia, señaló que no se perdieron recursos públicos ni se configuró menoscabo del patrimonio público.

El proceso fiscal se originó por la presunción de un detrimento cercano a los 1.200 millones de pesos, asociado a retrasos en la entrada en funcionamiento de los CAI y a cuestionamientos sobre la planeación de los proyectos. En el caso del CAI de San Antonio de Pereira, la Contraloría había estimado un posible daño por cerca de 836 millones de pesos, al advertir debilidades en la planeación y la ausencia de conceptos de viabilidad emitidos por la Policía Nacional. Para el CAI de Cuatro Esquinas, el presunto detrimento ascendía a alrededor de 433 millones de pesos, bajo el argumento de que la inversión no habría cumplido su finalidad social.

Durante el trámite, el gobernador rindió versión libre ante el despacho y solicitó el archivo del proceso, al señalar que los bienes construidos sí fueron utilizados para el fin propuesto, orientado a garantizar la presencia policial y la prestación del servicio de seguridad en las zonas de influencia.

Tras el análisis del material probatorio, la Contraloría concluyó que, al no acreditarse un daño cierto al erario, no era procedente declarar responsabilidad fiscal. En la providencia se indicó que no procede recurso alguno contra la decisión; no obstante, se dejó abierta la posibilidad de reabrir la actuación fiscal si con posterioridad aparecen nuevas pruebas que desvirtúen los fundamentos del archivo o si se demuestra que la decisión se basó en prueba falsa, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 610 de 2000.

Pese al archivo del proceso fiscal, el gobernador de Antioquia continuará vinculado a la investigación penal que adelanta la Fiscalía General de la Nación por los mismos hechos, dentro de la cual se han practicado interceptaciones telefónicas.