El conflicto marcario entre Frisby España S. L. y Frisby S. A. BIC dio un nuevo giro esta semana, luego de que el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante ordenara la suspensión provisional de la apertura del negocio en España. La decisión, emitida el 25 de noviembre de 2025, fue recibida con posiciones opuestas por ambas compañías, que avanzan en una disputa legal con ramificaciones tanto en tribunales españoles como en organismos europeos de propiedad intelectual.
La postura en España: sorpresa y recurso de apelación
Frisby España S. L. confirmó que acatará la suspensión temporal, pero expresó su sorpresa por la resolución, afirmando que su proyecto empresarial se sostiene sobre bases jurídicas amparadas por la legislación nacional y comunitaria. La empresa insistió en que la medida es cautelar y no anticipa el desenlace del proceso principal, aún en curso.
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La compañía anunció que presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante, cuyo pronunciamiento se espera en las próximas semanas. Asimismo, ajustó su cronograma y estableció el 1 de marzo de 2026 como nueva fecha tentativa de apertura, condicionada a que exista una decisión definitiva sobre las medidas impuestas.
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— FRISBY ESPAÑA S.L. (@frisbyes) November 28, 2025
Frisby España S.L. publica una actualización con su posición jurídica, el estado de los procedimientos en curso y la previsión de apertura para 2026.
Frisby España recordó también que siguen activos cuatro procedimientos ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), en los que, según su interpretación, Frisby S. A. BIC tendría posibilidades muy limitadas de recuperar la exclusividad marcaria en el ámbito comunitario. Además, adelantó que presentará una demanda reconvencional por eventuales daños derivados de las acciones legales de la compañía colombiana.
Frisby colombiano: defensa de la marca y respaldo judicial
Horas después del anuncio en España, Frisby S. A. BIC, con sede en Colombia, emitió un comunicado celebrando la decisión judicial y destacando que el tribunal español reconoció la vigencia de su marca de la Unión Europea, así como su carácter notorio en el territorio español.
Según el documento, el juzgado concluyó que las pruebas presentadas por la empresa colombiana permiten sostener, con suficiente grado de verosimilitud, que las actuaciones de Frisby España podrían constituir una infracción marcaria y un aprovechamiento indebido de su reputación. Por ello, el tribunal consideró urgente evitar que persista una situación de confusión en el mercado.
En consecuencia, la orden judicial exige a Frisby España:
- Detener inmediatamente el uso de la marca Frisby y de cualquier signo similar, incluidas referencias al “Pollo Frisby”.
- Cesar actos que el tribunal considera competencia desleal.
- Suspender el uso de la página web y perfiles en redes sociales, así como bloquear el dominio “frisby.es”.
- Abstenerse de promover nuevas campañas para captar franquiciados o inversionistas.
- Evitar cualquier uso de propiedad intelectual asociada a la marca colombiana.
El comunicado también informa que la EUIPO rechazó la solicitud de suspensión presentada por Frisby España en el proceso de nulidad por mala fe iniciado por Frisby S. A. BIC, obligando a la empresa española a presentar sus observaciones antes del 21 de enero de 2026.
Frisby S. A. BIC agradeció el interés público en la controversia y reiteró su compromiso con la transparencia, asegurando que continuará informando sobre hechos consolidados a medida que avance el proceso.
Próximos pasos
Ambas empresas coinciden en que el litigio está lejos de resolverse. Mientras Frisby España intenta revertir la medida cautelar y mantiene su apuesta por operar en el mercado europeo, Frisby Colombia fortalece su ofensiva legal con nuevos avances a su favor en sede judicial y administrativa.
Por ahora, la fecha definitiva de apertura del negocio en España dependerá del pronunciamiento firme sobre las medidas cautelares.
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