Es una discusión eterna y no se soluciona en esta columna. Solo se pretende poner a consideración del lector un enfoque crítico de su interpretación en la realidad actual del servicio público y de la función pública colombiana.
Desde la óptica de la alta dirección de las entidades públicas, de los servidores públicos en general y del ciudadano, la ética cumple un papel contradictorio en el desempeño de las funciones del estado colombiano. Esto significa que si bien se acepta un concepto universal de la ética cómo la que se ocupa de las normas de la conducta humana, valoradas positiva o negativamente, en lo relacionado con la ética pública, pareciera que se construye una infraestructura ética soportada en las necesidades del momento, grave realidad, pues cada dirigente define lo que es bueno y lo que es malo según sus intereses. Por esto se puede afirmar que cada persona que incide en la función pública tiene su concepto propio de ella, lo que conduce a grandes errores y terribles consecuencias para los ciudadanos colombianos y el patrimonio público.
La Presidencia de la República recientemente reglamento la ley anticorrupción y definió que sus estrategias atacan las acciones u omisiones indebidas en el poder, el patrimonio y la información que lesionan los intereses del Estado.
La pregunta a resolver desde la perspectiva planteada de la ética pública, consiste en definir con exactitud las conductas correctas y apropiadas en cualquier tiempo y espacio que permitan la salvaguarda de lo público. El problema es que en la práctica los servidores públicos crean su propio concepto de la ética y la utilizan a su amaño al momento de cumplir la ley.
Existen causas que favorecen la corrupción pública: la falta de valores, la diversidad de intereses sociales, el poder, el individualismo y el egoísmo, el consumismo, la falta de control y de transparencia, la mayor privatización de servicios públicos y la desmoralización y las bajas retribuciones del sector público, entre muchas.
Observando la realidad colombiana, parece que cambiaron los principios de la ética pública y los que se aplican son:
1. No permitir que otro se apropie de lo que yo me puedo apropiar.
2. Las normas de ética pública, deben ser confusas y ojala inexistentes.
3. El líder corrupto debe actuar solo o máximo un cómplice y si es del sector privado mucho mejor.
4. La toma de decisiones es un trámite excluyente.
5. Los líderes corruptos deben aparentar no serlo.
6. El régimen sancionatorio no debe incluir a quienes se apropian de lo público y si es inevitable, las sanciones y penas deben ser irrisorias.
7. A los cómplices del líder corrupto, hay que tratarlos con benevolencia, so pena de convertirlos en sus enemigos delatores.
Señores lectores, lleguen a sus conclusiones y determinen cual es la ética que se debe aplicar en la gestión pública: ¿La ética personal? o ¿Una ética general, impersonal y enfocada a la protección de lo público?