Por Wilder Echavarría Arango
Sobre el autor: es ingeniero civil de la Universidad Nacional de Colombia, especialista en Gerencia de Proyectos de la Universidad de Tolima, especialista en Alta Gerencia Pública, especialista en Función Pública y Recursos Humanos, especialista en Gobierno y Desarrollo Local de la Escuela Iberoamericana de Altos Estudios en Gobierno Local, y cursa una Maestría en Dirección y Gestión Pública Local.
La Ley del Mínimo de Liebig, llamada simplemente Ley de Liebig, es un principio desarrollado en la ciencia agrícola por Carl Sprengel (1828) y popularizado después por Justus von Liebig. Afirma que el crecimiento no es controlado por el monto total de los recursos disponibles, sino por el recurso más escaso. De esto se deduce que hasta el elemento más insignificante para la vida es en realidad imprescindible para esta.*
Con este pequeño concepto podemos incorporar bases para el ordenamiento y la planificación de los territorios. Esta ley se grafica mejor con un barril, que es formado por sus elementos de madera que van desde la base hasta la parte superior del barril: si uno de sus elementos de madera no está completo, el barril no puede llenar su volumen máximo, su utilidad total no será eficiente y sus otros elementos estarán perdiendo eficiencia y a su vez valor.
Un territorio se relaciona mucho con este postulado físico y cada variante del territorio tiene igual importancia que las demás; ninguna variable absorbe las demás y ninguna variable es inferior en su peso específico sobre las otras.
Es así que cuando se analizan los territorios debemos incorporar cada parte de él con toda validez y más aún enfatizar en las desventajas competitivas, y las amenazas de esta territorialidad, y luego enfocarnos en darle activación a estas variantes deficitarias para equiparlas con las otras y así nivelar el sistema, y tener un “volumen” totalmente eficiente y armónico.
La gestión del territorio debe ahondar en el análisis que fomenta las discusiones del desarrollo, ordenamiento y planificación territorial. En particular se debe hacer hincapié en un eje estructurante y a su vez estructurador de los territorios que es el agua como un elemento fundamental para la vida y el desarrollo humano.
Sin embargo, este recurso se encuentra bajo una creciente presión debido al cambio climático, la contaminación y su demanda desmedida. El ordenamiento territorial debe asegurar la disponibilidad y la calidad del agua para las generaciones presentes y futuras.
Buscar el desarrollo sostenible se convierte en un imperativo y alcanzar este objetivo es fundamental para abordar de manera integral los territorios. Así, se proponen cuatro elementos claves: el ordenamiento territorial, el agua, la seguridad energética y la productividad.
Con la seguridad energética se discute sobre el acceso a fuentes de energía confiables, asequibles y ambientalmente sostenibles; es base fundamental para el desarrollo económico y social, y su planificación debe considerar la diversificación de la matriz energética, la eficiencia energética y la accesibilidad universal a la energía; y esta debe estar relacionada con la productividad como el conector entre la producción obtenida y los recursos utilizados para alcanzarla.
El aumento de la productividad es fundamental para el crecimiento económico y el bienestar social; a su vez el ordenamiento territorial puede contribuir a la productividad mediante la promoción de la innovación, la infraestructura eficiente y las directivas o políticas públicas a potenciar las bondades territoriales.
El ordenamiento territorial, el agua, la seguridad energética y la productividad son elementos interdependientes que deben abordarse de manera integral para alcanzar un desarrollo sostenible.
La adopción de un enfoque holístico y participativo, junto con la implementación de estrategias y políticas públicas adecuadas, permitirá avanzar hacia un futuro más próspero, equitativo y sostenible.
*NAS Colloquium. Plants and Population: is there time? December 1998. Beckman Center of the National Academy of Sciences, UC Irvine. Limits to Crop Yield. Thomas R. Sinclair. USDA-ARS, Agronomy Department. University of Florida. Gainesville, FL 32611-0965.
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