Así regirá la ley seca y otras restricciones para las elecciones territoriales 2023

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1702 de 2023, con el que se dictan las normas para la conservación del orden público de cara a próximas elecciones de Autoridades y Corporaciones Públicas Territoriales del 29 de octubre de 2023.

Con este decreto el Gobierno Nacional también dicta las normas frente a la publicidad electoral, equilibrio informativo, apoyo a sufragantes con limitaciones físicas.

Ley seca

Sobre la Ley Seca el Gobierno Nacional estipuló: “Queda prohibido en todo el territorio la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 p.m. del sábado 28 de octubre hasta las 6:00 a.m. del día lunes 30 de octubre 2023”.

Otras restricciones previas a las elecciones territoriales 2023

Dentro de las medidas que se adoptan con este decreto a partir el lunes 23 de octubre y hasta el lunes 30 de octubre solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

A los testigos electorales les asiste el derecho de acceder el día de las elecciones a los puestos de votación desde las 7:00 a. m., y no pueden permanecer hasta cuando concluyan los escrutinios de mesa o mesas para las cuales estén acreditados. Para ingresar deberán identificarse con la cédula de ciudadanía y la respectiva credencial diligenciada y firmada por la autoridad electoral. La credencial de testigo electoral tiene de carácter de personal e intransferible.

Durante la jornada electoral, no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a. m. y a las 4:00 p. m., salvo los medios de comunicación que deseen participar, previa coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Finalmente, a través de este decreto, se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 6:00 p. m. del 28 de octubre de 2023 hasta las 4:00 p. m. del 29 de octubre de 2023.