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Una hora menos: todo lo que debe saber sobre la reducción de la jornada laboral semanal

  • Desde el domingo 16 de julio entró en vigencia la Ley 2101 de 2021, que establece la reducción de una hora en la jornada laboral semanal.

    Países como Argentina, Bolivia, Perú, Uruguay, Cuba, Bolivia, México y Paraguay lideran el listado de jornadas laborales más extensas, alcanzando un promedio de 48 horas a la semana.

  • Hasta el pasado sábado, Colombia también estaba en este grupo, pero tras la norma, que fue propuesta por el expresidente Álvaro Uribe, la semana laboral será de 47 horas.

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    Estas son las medidas que se implementarán paulatinamente hasta alcanzar una jornada laboral de seis horas al día (42 horas a la semana) y que será efectiva en 2026.

    - 16 de julio de 2023: se reducirá una hora (47 horas semanales).

    - 16 de julio de 2024: se reducirá una hora más (46 horas semanales).

    - 16 de julio de 2025: se reducirán dos horas adicionales (44 horas semanales).

    - 16 de julio de 2026: se aplicará una última reducción de dos horas (42 horas semanales).

    ¿Y si las empresas no cumplen la Ley 2101?

    Las compañías que incumplan la Ley 2101 corren el riesgo de recibir en su contra acciones legales por parte del trabajador, que puede alegar que su salida de la empresa se dio por despido indirecto debido al incumplimiento de lo establecido en el contrato, la falta de pago de salarios, prestaciones sociales o el empeoramiento de las condiciones de trabajo.

    ¿La remuneración laboral cambia?

    No. A pesar de trabajar menos horas, los trabajadores continuarán recibiendo la misma remuneración. Para adaptarse a esta nueva medida, los empleadores deben calcular el valor actualizado de la hora de trabajo para liquidar correctamente las horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos.

    ¿Hay excepciones de la ley?

    Sí. No tienen derecho a la reducción los servidores públicos, exceptuando a los que trabajen en empresas del Estado cuyas vinculaciones se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo.

    Tampoco tienen derecho a la reducción los trabajadores con horarios especiales (que tengan jornadas inferiores al periodo mínimo semanal o que no cumplan con un horario de ocho horas), y los menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo.

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