Prohíben la pesca deportiva en Colombia por considerarla maltrato animal

En las últimas horas, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró que la pesca deportiva es una forma de maltrato animal y que vulnera el derecho a la protección del ambiente.

La pesca deportiva es una actividad que vulnera el principio de precaución y la prohibición de maltrato animal y, por tanto, debe excluirse del ordenamiento jurídico

explicó la Corte.

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A renglón seguido, la Corte añadió que no hay consenso científico sobre los peligros o las consecuencias negativas que pueda traer la pesca deportiva. Sin embargo, “sí existe información científica relevante que exige evitar impactos nocivos en estos seres y su entorno”.

De igual manera, sobre el argumento que señala que la pesca deportiva puede ser considerada una forma de maltrato animal, la Corte explicó: “La finalidad recreativa de la pesca deportiva vulnera la prohibición de maltrato animal derivada de los mandatos de protección al medio ambiente y no tiene sustento en las excepciones al maltrato animal avaladas constitucionalmente por razones religiosas, alimentarias, culturales o científicas”.

En ese sentido, el alto tribunal concluyó que la pesca puede ser artesanal, industrial, de subsistencia, científica, de control o de fomento, pero no deportiva.

Al respecto, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez dio su sí al fallo, pero también lanzó una pulla a sus compañeros que avalaron la despenalización del aborto hasta la semana 24. “Se protege y ampara cada vez más los derechos de los animales y correlativamente se deja de proteger y amparar los derechos de la especie humana que está por nacer”, dijo.

De esa manera, la pesca deportiva, que es una práctica que consiste en atraer, atrapar y luego liberar a los peces, no podrá realizarse en Colombia.