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“Se suspenden todas las actividades desarrolladas en el edificio Altos del Lago”: Alcaldía de Rionegro

  • Este fue el mensaje que, en días anteriores mediante un comunicado, la Administración Municipal de Rionegro entregó a la opinión pública en lo atinente al derribamiento controlado que había sido programado para el jueves 28 de marzo, a cargo de le empresa Atila Implosiones S.A.S.

    ¿Las razones?

  • Según lo mencionado por la Alcaldía, la determinación se tomó de acuerdo a que “mediante comunicación oficial, el Juez Segundo Municipal de Rionegro ordena la suspensión de todo tipo de acción enfocada en el derribamiento del edifico Altos del Lago”.

    Lea: ¡Juez suspendió el derribamiento controlado del edificio Altos del Lago!

    Cabe mencionar que, en días pasados, MiOriente conoció que la decisión se debió a una serie de tutelas interpuestas por propietarios, vecinos y la misma constructora Soluciones Integrales en Construcciones Civiles S.A.S. (SINCC), que atacan el acto administrativo que ordena el derribamiento de la estructura y que piden como medida cautelar la suspensión provisional del mismo.

    Así las cosas, la última palabra sobre qué va a pasar con el edificio residencial multifamiliar de 18 niveles más un sótano; planeado para 116 unidades de vivienda y cuatro niveles de parqueaderos, la tiene el Juez que lleva el caso. Entre tanto, al respecto la Administración Municipal ha sido enfática en que estarán atentos a la decisión final, y además estarán dispuestos a aportar los datos requeridos por el ente judicial.

    Cronología aportada por la Oficina de Comunicaciones de la Alcaldía:

    1. La empresa dueña del proyecto es la Constructora Soluciones Integrales en Construcciones Civiles S.A.S.
    2. En el año 2016 se realiza por parte de la Alcaldía, y a solicitud de los afectados, una revisión técnica de la estructura del edificio.
    3. En febrero de 2017 se da la orden de evacuación y se ordena realizar un estudio de vulnerabilidad sísmica.
    4. Los resultados de este estudio no cumplen con las expectativas de seguridad para los propietarios por lo que se ordenan unos nuevos. En total se realizaron tres estudios, Universidad Eafit, Universidad Nacional y Sodinsa S.A.S.
    5. El último estudio ratificó y evidenció las múltiples irregularidades ya expuestas en los anteriores estudios, además concluyó que las fallas son progresivas y que la estructura se encuentra en inminente peligro de colapso.
    6. Decreto de calamidad: La Alcaldía de Rionegro determinó declarar la calamidad pública del inmueble ubicado en la Carrera 48B N° 61 A 33 Edificio Altos del Lago, mediante Decreto 062 del 15 de febrero de 2019 con el fin de realizar las labores pertinentes para la evacuación y desalojo temporal de las personas que viven aledañas al edificio Altos del Lago.
    7. Resolución de estado de ruina: mediante Resolución 148 del 15 de febrero de 2019; “Por la cual se declara estado de Ruina del Edificio Altos del Lago” se dispone la demolición del edificio y se fundamenta que:
    8. Existe por consiguiente riesgo para la vida, la propiedad privada, la libre locomoción, el medio ambiente, la infraestructura educativa, ambiental, deportiva y recreativa, los servicios públicos frente a un desplome no controlado del Edificio Altos del Lago”.
    9. “El deterioro del edificio se evidencia mediante la Bitácora de la oficina de Gestión del Riesgo del municipio de Rionegro, en la cual se encuentran fisuras nuevas de los elementos estructurales del edificio y agrandamiento de las que ya se habían evidenciado, lo cual es corroborado por los diferentes informes y estudios que indican la mala calidad de la construcción y el no cumplimiento de las normas en materia de sismoresistencia NSR-10, y debido a las nuevas fallas estructurales, se ve una premura y urgencia de adelantar los trámites para evitar pérdida de vidas humanas, y los demás elementos protegidos por la Constitución y la Ley por un colapso no controlado del edificio de 18 pisos Edificio Altos del Lago.
    10. Es inminente un desastre o calamidad pública, si no se adoptan las medidas adecuadas para un control del riesgo”.
    11. Mediante contrato 061 del 21 de febrero 2019 se contrata la empresa Atila Implosiones SAS para “REALIZAR LA IMPLOSION DEL EDIFICIO ALTOS DEL LAGO” con firma del acta de inicio el 01 de marzo de 2019.
    12. Orden de suspensión por tutela: Mediante Acción de tutela radicado interno de la administración municipal 2018120309, Referencia de Oficio número 964 y Radicado 2019-00104-00 del JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPAL, interpuesta como Accionante: Soluciones Integrales en Construcciones Civiles S.A.S. se otorga medida previa de suspensión de los efectos de la Resolución 0148 del 15 de febrero de 2018.
    13. El día martes 19 de marzo de 2019 se dio respuesta con radicado interno 2019211510 al JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPAL de la tutela interpuesta por la constructora Soluciones Integrales en Construcciones Civiles S.A.S, esperando en este punto la respuesta que el señor juez emita para continuar con el proceso o modificar el plan de acción de acuerdo al nuevo escenario.

     

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